La tutela de Álvaro Uribe Vélez llegó a su desenlace en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. En decisión mayoritaria, la corporación confirmó el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que dejó sin efecto la orden de captura inmediata contra el expresidente, al concluir que la medida carecía de motivación suficiente y vulneraba el principio constitucional de libertad.
El pronunciamiento ratifica que, aunque el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá condenó a Uribe a 144 meses de prisión por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, la orden de detención inmediata no cumplió con los estándares de razonabilidad y proporcionalidad exigidos por la jurisprudencia.
La condena y la orden de captura de Álvaro Uribe Vélez
El 1 de agosto de 2025, el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá dictó sentencia condenatoria contra Álvaro Uribe Vélez. La decisión incluyó 144 meses de prisión y una multa económica, señalándolo como responsable de soborno en actuación penal y fraude procesal.
En la misma audiencia, el despacho ordenó su captura inmediata para el cumplimiento de la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Los argumentos del juzgado se centraron en la necesidad de preservar la convivencia pacífica, evitar la percepción negativa de la sociedad y enviar un mensaje ejemplarizante. Sin embargo, tales justificaciones fueron cuestionadas desde el inicio por la defensa del exmandatario.
El fallo del Tribunal Superior de Bogotá
El 19 de agosto de 2025, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá resolvió la tutela presentada por la defensa. En su decisión, concluyó que la motivación del Juzgado 44 fue vaga e imprecisa, pues se apoyó en factores indeterminados como la percepción ciudadana o el riesgo de fuga, sin sustento fáctico ni jurídico.
El Tribunal amparó el derecho fundamental a la libertad de Álvaro Uribe Vélez y dejó sin efecto la orden de detención inmediata. Ordenó la expedición de la boleta de libertad, condicionada a la resolución de la apelación en curso sobre la condena.
La revisión de la Corte Suprema
La decisión del Tribunal fue impugnada por la Fiscalía y por los representantes de las víctimas, encabezados por Iván Cepeda. Sin embargo, la Sala de Tutelas de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia. El alto tribunal reiteró que la tutela de Álvaro Uribe Vélez procedía excepcionalmente en este caso, dado que el recurso de apelación no era un medio eficaz para cuestionar la captura inmediata.
La Sala consideró que las razones esgrimidas por el Juzgado 44 fueron meras explicaciones formales sin sustento real, calificándolas de “motivación aparente”. Recordó que la restricción de la libertad es excepcional y requiere una fundamentación clara, concreta y proporcional.
Lo que significa esta decisión
Con esta providencia, la Corte Suprema mantiene en libertad a Álvaro Uribe Vélez mientras avanza la apelación de su condena. La decisión será enviada a la Corte Constitucional para su eventual revisión, como corresponde en estos casos.
El fallo no estuvo exento de controversia: fue adoptado en sala mayoritaria y contó con un salvamento de voto. La sentencia, además de tener repercusión directa en el caso del expresidente, sienta un precedente clave: la motivación de una orden de captura debe cumplir con estándares constitucionales rigurosos, reforzando así el carácter excepcional de la privación de la libertad en Colombia.
La tutela de Álvaro Uribe Vélez se convierte, de este modo, en un referente judicial sobre la importancia de garantizar el derecho a la libertad frente a decisiones carentes de motivación suficiente.